32. Decreto 101-97 Artículo 17 Ter. Inciso c


Documentos que respalden bonos o beneficios salariales, derivados o no de pactos colectivos de trabajo u otros similares.

PACTO COLECTIVO 2018

SEGUNDO PACTO COLECTIVO DE CONDICIONES DE TRABAJO ENTRE LA UNIVERSIDAD DE SAN CARLOS DE GUATEMALA Y EL SINDICATO DE TRABAJADORES DE LAUNIVERSIDAD DE SAN CARLOS DE GUATEMALA –STUSC-.


INSTRUCTIVO PARA CÁLCULO DE DIFERIDO

INSTRUCTIVO PARA CÁLCULO PARA EL PAGO DE PRESTACIONES A TRABAJADORES QUE LABORAN EN LA UNIVERSIDAD DE SAN CARLOS DE GUATEMALA CON CARGO A LOS RENGLONES PRESUPUESTARIOS 011, 021, 022 Y 023 POR MEDIO DE NÓMINA DE SUELDO Y PRESTACIONES


INSTRUCTIVO PARA CÁLCULO DE VACACIONES

PERSONAL ADMINISTRATIVO:

Base Legal: Acuerdo de Rectoría No. 1795-95 del 26/10/1995


INSTRUCTIVO PARA CÁCULO DE AGUINALDO

ARTÍCULO 102

Derechos sociales mínimos de la legislación del trabajo. Son derechos sociales mínimos que fundamentan la legislación del trabajo y la actividad de los tribunales y autoridades: …j) Obligación de empleador de otorgar cada añoun aguinaldo no menor del ciento por ciento del sueldo mensual, o el que ya estuviere establecido si fuere mayor, a los trabajadores que hubieren laborado durante un año ininterrumpido y anterior a la fecha del otorgamiento. La ley regulará la forma de pago. A los trabajadores que tuvieren menos del año de servicio, tal aguinaldo les será cubierto proporcionalmente al tiempo laborado.

ARTÍCULO 50

Numerales 6 y 13 del Reglamento de Relaciones Laborales entre la Universidad de San Carlos y su Personal, el cual es congruente con el Decreto No. 1633, Ley Reguladora de la Prestación de Aguinaldo para los Trabajadores del Estado.

El Punto único del Acta No. 11-96 del Consejo Superior Universitario de fecha 22/05/1996 establece que el salario diferido debe sumarse a los sueldos devengados porel trabajador según procedimiento para el cálculo de las prestaciones, en aplicación de los Decretos del Congreso de la República Nos. 59 y 81-95 relativos a la consolidación de salarios. Por salario diferido, debe entenderse aquel devengado y no percibido sino con posterioridad (salario diferido 50% y salario diferido 12%).


INSTRUCTIVO PARA CÁLCULO DE BONO 14

Base Legal Decreto Número 42-92 del 02-07-92 del Congreso de la República

ARTÍCULO 1

Se establece con carácter de prestación laboral obligatoria para todo patrono, tanto del sector privado como del sector público, el pago a sus trabajadores de una bonificación anual equivalente a un salario o sueldo ordinario que devengue el trabajador. Esta prestación es adicional o Independiente al aguinaldo anual que obligatoriamente se debe pagar al trabajador.

ARTÍCULO 2

La bonificación anual será equivalente al cien por ciento (100%) del salario o sueldo devengado por el trabajador en un mes, para los trabajadores que hubieran laborado al servicio del patrono durante un año ininterrumpido y anterior a lafecha de pago. Si la duración de la relación laboral fuere menor de un año, la prestación será proporcional a tiempo laborado. Para determinar el monto de la prestación se tomará como base el promedio de los sueldos o salarios ordinarios devengados por eltrabajador en el año el cual termina en el mes de junio de cada año.

ARTÍCULO 3

La Bonificación deberá pagarse durante la primera quincena del mes de julio de cada año”. EL Punto único del Acta 11-96 del Consejo Superior Universitario de fecha 22 de mayo de 1996, establece que el diferido debe sumarse a los sueldos devengados por el trabajador según procedimiento para cálculo de las Prestaciones, en este caso Bono 14.


PLAN DE PRESTACIONES USAC

El Plan de Prestaciones del personal de la Universidad de San Carlos de Guatemala, tiene por objeto asegurar a todos los trabajadores de la institución afiliados al mismo, el goce de una pensión al retirarse del sericio, por invalidez, o por cumplir con los requisitos del artículo 11 del presente Reglamento y, al ocurrar fallecimiento, proteger a los beneficiarios con un Seguro de Vida y con pensiones de Viudez y Orfandad. Asímismo, tiene por objeto compensar al trabajador afiliado, en forma opcional para él y como alternativa a las demás prestaciones del Plan, en caso de su retiro voluntario o por despido.


Documentos que Respalden Bonos o Beneficios Salariales

Documentos que Respalden Bonos o Beneficios Salariales, deribados o no de Pactos de Trabajo u otros similares.


Traducir »